La Junta Examinadora de Contadores Públicos Autorizados Informa
Reglamentos
- Reglamento 9612 del 17 de octubre de 2024 – Reglamento de la Junta de Contabilidad de Puerto Rico
- Reglamento 9447 del 30 de marzo de 2023 – Reglamento de la Junta de Contabilidad para la Educación Continuada compulsoria de los Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico (Efectivo el 29 de abril de 2023)
- Reglamento 8382 del 13 de agosto de 2013 – Reglamento de la Junta Examinadora de Contabilidad para establecer los parámetros para cumplir con el requisito mínimo de horas semestrales de educación a nivel de colegio o universidad
- Reglamento Núm. 4156 del 1 de marzo de 1990 – Procedimiento uniforme para la concesión de licencias, renovación de licencias y acciones similares de las Juntas Examinadoras Adscritas al Departamento de Estado
Cartas
- Carta Circular 13-01 – Renovación por Medio Electrónico
- Determinación Administrativa 01-13 del Departamento de Estado – Para establecer los parámetros bajo los cuales la Junta de Contabilidad va a conceder créditos de educación continuada bajo la Ley 236-2012 al CPA supervisor con licencia vigente
- Carta – Renovaciones incompletas, tardías y subsiguientes 2012 (10/24/12)
Periodo de educación continuada:
El periodo de Educación Continuada para renovar la licencia de CPA concluye el 31 de julio de cada año para todos los CPA que renuevan su licencia al 1 de diciembre de cada año. Es importante recordar que de no cumplir con los créditos requeridos, puede acogerse a la prórroga que extiende el periodo hasta el 31 de diciembre de cada año (debe ser solicitado por el CPA completando el formulario Solicitud de Prórroga y todos los documentos de renovación). También puede comunicarse directamente a NASBA por correo electrónico prcpalicense@nasba.org o por teléfono al 1.866.350.0017. De necesitar más información puede comunicarse a cisec@colegiocpa.com.
Documentos requeridos por la Junta de Contabilidad para renovar la licencia de CPA
- Para formularios oprima aquí. También puede comunicarse directamente a NASBA por correo electrónico prcpalicense@nasba.org o por teléfono al 1.866.350.0017.
- Certificación de cuota o “Goodstanding” del Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico (indicando que está al día en su cuota de colegiación): Puede acceder a su certificación a través de Mi Perfil, en “Membresías”, en la cuota regular del año en curso, presionando “Descargar”. De necesitar ayuda puede referirse a este vídeo o comunicarse al correo electrónico cisec@colegiocpa.com, y se le enviará por correo electrónico en formato y con firma digital.
- Transcripción de créditos oficial de la educación continuada obtenida en el Colegio: Solicite la transcripción oficial mediante correo electrónico dirigido a cisec@colegiocpa.com, y se le enviará por correo electrónico en formato y con firma digital. Si completó los créditos al 31 de julio, debe someter el documento de Licensing Attestation. Luego NASBA le indicará cuándo enviar la información de los créditos. Si no completó los créditos al 31 de julio debe someter el documento de prórroga en o antes del 30 de noviembre del año de renovación.
- Certificado negativo de antecedentes penales de la Policía de Puerto Rico en original, con no más de 180 días de expedido.
- Certificación de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME): Para solicitar Certificaciones con tiempo debe ir personalmente o por internet. Para aclarar dudas se puede comunicar al (787) 767-1500. De lo contrario comunicarse con la oficina regional más cercana. Para ver el Directorio de oficinas o solicitarla en línea puede acceder a: https://serviciosenlinea.asume.pr.gov/screferidos/citizen/.